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Asamblea Ciudadana Local

Son espacios para la organización de ciudadanas y ciudadanos, que se convocan en base en intereses comunes para fortalecer su capacidad de diálogo con las autoridades de los gobiernos locales, y así incidir en la gestión de lo público en su localidad. En ellos la ciudadanía prepara, discute y genera planes, políticas, programas, proyectos y acuerdos con una visión común acerca del desarrollo del territorio; en este sentido la asamblea es una fuente de iniciativas y propuestas de lo que hay que hacer en la localidad.

Son ciudadanas, ampliamente representativas, autónomas e independientes, amplias, democráticas, e incluyentes; promueven la equidad y la solidaridad; están constituidas por ciudadanas y ciudadanos, organizaciones sociales, pueblos y nacionalidades; se regulan por sus propios estatutos y establecen su propia forma organizativa; se organizan bajo el principio de independencia; garantizando su pluralidad e interculturalidad, con enfoque de género y de generación.

 

Funciones de la Asamblea Ciudadana Local o Cantonal

    1. Respetar los derechos y exigir su cumplimiento, particularmente, en lo que corresponde a los servicios públicos por pedido de la mayoría simple de sus integrantes en el ámbito de los territorios locales;
    2. Proponer agendas de desarrollo, planes, programas y políticas públicas locales;
    3. Promover la organización social y la formación de la ciudadanía en temas relacionados con la participación y el control social;
    4. Organizar, de manera independiente, el ejercicio de rendición de cuentas al que estén obligadas las autoridades electas;
    5. Propiciar el debate, la deliberación y concertación sobre asuntos de interés general, tanto en lo local como en lo nacional; y,
    6. Ejecutar el correspondiente control social con sujeción a la ética y bajo el amparo de la Ley.

 

Características de la Asamblea Ciudadana Local

    • La conformación de estas asambleas deberá garantizar: pluralidad, interculturalidad e inclusión de las organizaciones sociales y de la ciudadanía, así como, de las diversas identidades territoriales y temáticas con equidad de género y generacional.
    • Las asambleas se regirán por los principios de democracia, equidad de género y generacional, alternabilidad de sus dirigentes y rendición de cuentas periódicas. Duran dos años en funciones.
    • Se regularán por sus propios estatutos y formas de organización de acuerdo con la Constitución y la Ley.

 

Directorio de la Asamblea Ciudadana Cantonal de Francisco de Orellana

DIGNIDAD

NOMBRE Y APELLIDO CARGO

REPRESENTACIÓN

Señor Marco Tandazo Presidente de la Asamblea Ciudadana Local  Barrios Urbanos
Señora Marco Tandazo Vicepresidenta de la Asamblea Ciudadana Local Barrios Urbanos
Señora PaolaGuerrero Secretaria de la Asamblea Ciudadana Local Parroquias Rurales
Señor Rodolfo Edmundo Rodríguez Salazar Primer vocal principal de la Asamblea Ciudadana Local Grupos de Atención Prioritaria – Adultos Mayores
Señor

Naverson Illanes

Segundo vocal principal de la Asamblea Ciudadana Local Grupos de Atención Prioritaria – Jóvenes
Señora Inés Altamirano Tercer vocal  principal de la Asamblea Ciudadana Local Colectivos Sociales – Mujeres

 

 

Ubicación Alcaldía

  • El Coca
  • Napo 11-05 y Luis Uquillas
  • (593) 062-999-060
  • alcaldia@orellana.gob.ec

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