
Asamblea Ciudadana Local
Son espacios para la organización de ciudadanas y ciudadanos, que se convocan en base en intereses comunes para fortalecer su capacidad de diálogo con las autoridades de los gobiernos locales, y así incidir en la gestión de lo público en su localidad. En ellos la ciudadanía prepara, discute y genera planes, políticas, programas, proyectos y acuerdos con una visión común acerca del desarrollo del territorio; en este sentido la asamblea es una fuente de iniciativas y propuestas de lo que hay que hacer en la localidad.
Son ciudadanas, ampliamente representativas, autónomas e independientes, amplias, democráticas, e incluyentes; promueven la equidad y la solidaridad; están constituidas por ciudadanas y ciudadanos, organizaciones sociales, pueblos y nacionalidades; se regulan por sus propios estatutos y establecen su propia forma organizativa; se organizan bajo el principio de independencia; garantizando su pluralidad e interculturalidad, con enfoque de género y de generación.
Funciones de la Asamblea Ciudadana Local o Cantonal
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- Respetar los derechos y exigir su cumplimiento, particularmente, en lo que corresponde a los servicios públicos por pedido de la mayoría simple de sus integrantes en el ámbito de los territorios locales;
- Proponer agendas de desarrollo, planes, programas y políticas públicas locales;
- Promover la organización social y la formación de la ciudadanía en temas relacionados con la participación y el control social;
- Organizar, de manera independiente, el ejercicio de rendición de cuentas al que estén obligadas las autoridades electas;
- Propiciar el debate, la deliberación y concertación sobre asuntos de interés general, tanto en lo local como en lo nacional; y,
- Ejecutar el correspondiente control social con sujeción a la ética y bajo el amparo de la Ley.
Características de la Asamblea Ciudadana Local
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- La conformación de estas asambleas deberá garantizar: pluralidad, interculturalidad e inclusión de las organizaciones sociales y de la ciudadanía, así como, de las diversas identidades territoriales y temáticas con equidad de género y generacional.
- Las asambleas se regirán por los principios de democracia, equidad de género y generacional, alternabilidad de sus dirigentes y rendición de cuentas periódicas. Duran dos años en funciones.
- Se regularán por sus propios estatutos y formas de organización de acuerdo con la Constitución y la Ley.
Directorio de la Asamblea Ciudadana Cantonal de Francisco de Orellana
DIGNIDAD |
NOMBRE Y APELLIDO | CARGO |
REPRESENTACIÓN |
Señor | Marco Tandazo | Presidente de la Asamblea Ciudadana Local | Barrios Urbanos |
Señora | Marco Tandazo | Vicepresidenta de la Asamblea Ciudadana Local | Barrios Urbanos |
Señora | PaolaGuerrero | Secretaria de la Asamblea Ciudadana Local | Parroquias Rurales |
Señor | Rodolfo Edmundo Rodríguez Salazar | Primer vocal principal de la Asamblea Ciudadana Local | Grupos de Atención Prioritaria – Adultos Mayores |
Señor |
Naverson Illanes |
Segundo vocal principal de la Asamblea Ciudadana Local | Grupos de Atención Prioritaria – Jóvenes |
Señora | Inés Altamirano | Tercer vocal principal de la Asamblea Ciudadana Local | Colectivos Sociales – Mujeres |