
Definición de Comités de Usuarios
Los Comités de Usuarios y Usuarias -CU- son formas organizativas que efectivizan el mecanismo de control social, de carácter permanente, cuyo espacio sirve para interlocutar entre los prestadores del servicio y los usuarios/as.
Son formas de organización de personas, que se agrupan libre y voluntariamente para observar e incidir en la calidad de la prestación de servicios.
Se constituyen en una instancia receptora de quejas y denuncias ciudadanas respecto al servicio que reciben los usuarios y usuarias.
Quienes conforman los Comités de Usuarios
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- Los CU se conforman por personas naturales o jurídicas, representantes de organizaciones sociales, de hecho o de derecho, que se encuentren en goce de sus derechos de ciudadanía y derechos de participación.
- Su accionar es permanente con total autonomía e independencia respecto a las instituciones del Estado y/o prestadores del servicio.
- Encontrarse en goce de los derechos de ciudadanía.
- Ser usuario/a del servicio público.
- En caso de organizaciones sociales, de hecho o de derecho, deberá presentar documento que le habilite en calidad de representante o delegado.
- No tener conflicto de interés de ningún tipo (si es usuario como lo prueba).
- Declaración Juramentada (no notariada) señalando que no tiene conflicto de interés.
Los Comités de Usuarios son conformados y autorizados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y sirven como mecanismo de control social.